>Juicios Colectivos - REGISTRO ESTATAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS (RETYS)

REGISTRO ESTATAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS (RETYS)

Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza
Secretaría de Vivienda y Ordenamiento Territorial
Trámite: Juicios Colectivos
Descripción del Trámite

A través de este procedimiento se ejercerá judicialmente acción con pretensión de protección de intereses de grupos determinados para la regularización colectiva de la tenencia de la tierra, de acuerdo a las previsiones de los Códigos Civil del Estado de Coahuila de Zaragoza y Código Procesal Civil del Estado de Coahuila de Zaragoza.

Lugar de Atención
Telefono

ACUÑA Libramiento Sur Poniente #1610, entre Cobre y Noche Buena, Col. Ampl. Las Américas 

Tel: 877-888-61-98

MONCLOVA Blvd. Benito Juárez Nº 717 y 718 Col. Roma 

Tel: 866-633-01-97

PIEDRAS NEGRAS Blvd. De las Culturas #609 local 7-B Col. González. 

Tel: 878-782-39-55

SALTILLO Dirección General de CERTTURC. Clzd. Emilio Carranza # 255 Zona Centro 

Tel: 844-410-27-27 y 844-412-09-62

SAN JUAN DE SABINAS Orizaba y 5 de Febrero Col. Independencia, Nueva Rosita.

Tel: 861-614-02-32

TORREÓN Avenida Morelos No. 174 Col. Centro; entre calles Javier Mina y Jiménez. 

Tel:871-716-92-50
Secretaría
Secretaría de Vivienda y Ordenamiento Territorial
Área u Oficina
Comisión Estatal para la Regularización de la Tenencia de la Tierra Urbana y Rústica en Coahuila (CERTTURC)
Costo y Forma de Pago
Costos de Juicios Colectivos: En base a la cantidad de solicitantes, dificultades de medición y valuación, traslados (gastos de viaje) para la elaboración de censos, planos y diligencias de juicio.
Observaciones

PASOS

1.-Investigar
2.-Demanda
3.-Audencia de Inicio
4.-Audiencia de desahogo de pruebas
5.-Sentencia

Tiempo de Respuesta
De 9 a 11 meses desde que inicia
Horario de Atención

Lunes a viernes 9:00 a.m. a 16:00 hrs.

Página Web - Redes Sociales
Correo Electrónico

Persona física con derechos de posesión de un predio.


Contar con un expediente general en el que se incluya, como requisito indispensable, antecedente del propietario, certificado de libertad de gravamen y plano general de lotificación autorizado.
1.- Ser persona física. 
2.- Ser poseedor de un predio definido como irregular por las instancias estatales o municipales competentes.
3.- Ser titular de un derecho sobre el mismo predio. 
4.- No tener propiedad inscrita a su nombre. 
5.- Establecer su domicilio en el predio. 
6.- Documentos personales y del predio, documentos y pruebas que acrediten el origen, tiempo y condiciones de su posesión, conforme a las reglas de la legislación civil para la usucapión, otorgamiento de escritura e inmatriculación, En el caso de los juicios de otorgamiento de escrituras, deberán además justificar la fecha en la que adquirió el predio a su legítimo propietario, con contrato de compra venta o carta de liberación.
7.- Llenar la solicitud y efectuar el Pago del costo del servicio.



Publicadas en el P.O. el día 12 de marzo de 2010.



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